«Es confiscatorio»

Declararon inconstitucional

el Impuesto a la Riqueza

Lo determinó un tribunal federal de Corrientes en un fallo de primera instancia, tras el reclamo de un productor ganadero.

El llamado «Aporte Solidario» había sido aprobado en el Congreso Nacional en diciembre de 2020.

En un fallo de primera instancia, la Justicia Federal de Corrientes declaró que el Impuesto a la Riqueza impulsado por el Frente de Todos al comienzo de su gestión es “inconstitucional”, por considerarlo que se trata de una medida impositiva “confiscatoria”.

  • Dicho tributo fue impulsado por el bloque del oficialismo y sancionado con fuerza de ley a fines de 2020, que creó el “Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia” de Covid-19

El juez Gustavo del Corazón Fresneda señaló que violó las “garantías y principios constitucionales”. Así, el magistrado hizo lugar a la acción promovida por Manuel Ulises Intra contra la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y precisó que la mencionada ley es “violatoria” del derecho de propiedad; principio de no confiscatoriedad; principio de razonabilidad y de capacidad contributiva.

Entre sus fundamentos, Fresneda indicó que el Impuesto a la Riqueza se implementó como un tributo, no como un aporte. 

Por eso analizó que la “alícuota efectiva” sobre la renta del perjudicado “sería de 118.658,78%”.  

  • Intra demostró que el pago del “aporte solidario” superaba de forma holgada las rentas que hubiera tenido que pagar el contribuyente en todo el año.

El gravamen provocaría una “manifiesta inadmisible absorción de la renta y el patrimonio, ya gravados por Ganancias y Bienes Personales, excediendo los límites razonables de imposición y resultando confiscatoria y violatoria del derecho a la propiedad a la luz de la doctrina emanada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, señaló en el fallo.

 “El examen minucioso de las constancias de la causa me conduce a la convicción cierta de que su aplicación conculca la garantía constitucional de inviolabilidad de la propiedad privada y afecta de manera inadmisible el principio de no confiscatoriedad, dado que quedó probado con la pericia y la documentación contable respaldatoria de modo concreto y categórico lo desmesurada que resulta la carga impuesta, y la misma restringiría de manera inadmisible su patrimonio y desnaturalizaría totalmente el derecho de propiedad del actor”, agregó el juez.

  • El Gobierno estimaba recaudar alrededor de $ 400.000 millones.
  • Un año más tarde, en diciembre de 2021, la AFIP informó que el fisco recolectó $ 237.300 millones.
  • Fue abonado por más de 10.000 personas. 
  • Tras su implementación se desató una ola de acciones judiciales para evitar su cobro.

Fuente: El economista